Controles más severos por casos de alcoholemia excesiva

Una modificación de la Ley de Tránsito 13.927 estipula penas de entre 6 y 18 meses de inhabilitación para los conductores, dependiendo del grado de alcohol en sangre.

Entró en vigencia la modificación de La ley Provincial de Tránsito (13.927), que establece, entre otras cuestiones, un importante endurecimiento en las sanciones por manejar alcoholizado.

Las novedades más importantes para los automovilistas se refieren a las penas por alcoholemia positiva. En el caso en que se le detecte entre 0,5 y 0,99 gramos de alcohol en sangre, el conductor será susceptible de multa y sufrirá la retención de la licencia de conducir por 6 meses. A quien tenga de 1 a 1,5, le corresponderán 12 meses de inhabilitación; y a quien registre de 1,5 para arriba, 18 meses.

Los legisladores fundamentaron que la intención es mejorar la seguridad vial y que la sociedad tome conciencia al respecto.

Otro de los ejes de la reforma propone incorporar el archivo digital de antecedentes, la licencia digital y la notificación electrónica, con la idea –entre otras– de agilizar y economizar los procesos.

Es importante recordar que solo se permite hasta 0,5 de miligramos de alcohol por litro de sangre en conductores de auto, 0,2 en caso de moto y 0 de tolerancia para los conductores de transportes públicos.

Un dato relevante para tener en cuenta es que las estadísticas indican que, en nuestro país, los siniestros viales ocupan la primera causa de muerte entre las personas menores de 35 años.

Entre los fundamentos, destacan la importancia de abordar el tema porque, según el informe sobre la Situación Mundial de la Seguridad Vial, elaborado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2013, las lesiones en el tránsito son la octava causa mundial de muerte y la primera entre los jóvenes de 18 a 29 años. Se especula que, de no haber cambios, las tendencias aumentarán y será la quinta causa en 2030.