Si bien existe una ordenanza, no se cumple

En relación con lo ocurrido en Villa Gesell, se pudo determinar que a nivel local existe una disposición pergeñada en 2016 que apunta a un monitoreo periódico del estado de balcones y voladizos en las construcciones. Actualmente no se ejecuta.

La caída de los balcones sucedida en Gesell reactualiza una problemática que se puede agudizar en localidades que se ubican en las cercanías de la playa y como consecuencia del clima y su accionar. Hoy el gobierno podría generar un principio de solución con sólo recordar a los contribuyentes que existe una ordenanza (4817/16) que prevé el mantenimiento de los edificios y adjuntar el recordatorio a los comprobantes de las tasas.

Fue el 27 de enero de 1992 cuando en Pinamar se produjo la caída de un balcón, dejando como saldo la muerte de cuatro jóvenes, compañeros de escuela y que jugaban en un conocido club de rugby.

Desde esa fecha hasta la actualidad han ocurrido otros hechos similares. Hace unos pocos días fue un balcón del tercer piso de un edificio ubicado frente al mar el que se cayó, y en su recorrido produjo la caída de otros dos situados en los pisos inferiores. En este caso, afortunadamente, no hubo que lamentar víctimas pero eso no quita que se haga un análisis sobre el estado de las estructuras de los edificios que datan de un par de décadas.

Quien dio su opinión acerca de la magnitud de la situación es el presidente del Centro de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros del Partido de Pinamar (CAAIP), arquitecto Augusto Urrizola.

–¿Cuál es tu visión como profesional y presidente del centro?
–Que es cierto lo que manifestás porque justamente en el fin de semana, cuando se conoce esta noticia, una colega integrante del centro me hacía llegar esa preocupación. En Pinamar tenemos una ordenanza vigente, que se actualizó en 2016, producto de una originaria del año 92, que apareció como reflejo después de que se produjo un lamentable accidente. En el caso geselino es la suerte que estuvo del lado de la vida porque, si hubiera habido alguien en el balcón o debajo de los mismos, hubiera sido otro el resultado. Por supuesto, es un tema que se reitera con alguna frecuencia. El año pasado ocurrió algo similar en Punta Mogotes. Tiene que ver con la salinidad de nuestro clima marítimo, obviamente, lo que obliga a tener un grado de conservación muchísimo más cuidadoso que el que se tiene en otros sectores, como Capital Federal o el Gran Buenos Aires. La primera línea de edificación de la costa es la que más sufre los embates del viento y demás. Se trata de edificaciones que rondan los 40 años, por eso nuestra ordenanza sabiamente fija un período de revisión técnica cada tres años para los que superan los treinta años de antigüedad y uno cada cuatro para los que están entre 10 y 30 años de construidos. Ese informe técnico se lleva adelante por un profesional matriculado, que puede ser arquitecto o ingeniero, y tiene que ser presentado ante la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad.

–¿Este control se está llevando a cabo?
–No. Lamentablemente el Departamento Ejecutivo, o al menos sus estamentos técnicos, la Secretaría de Planeamiento y la propia Dirección de Obras Particulares, no lo han puesto en funcionamiento. Esta ordenanza fue sancionada por el Concejo en agosto de 2016, fue promulgada por el intendente y de manera inexplicable no se ha comenzado a exigir esos informes, que son periódicos, que no es demasiado oneroso porque se hace cada tres o cuatro años, como decía recién, y se limita sólo a edificios que superan la altura de planta baja y dos pisos, con lo cual hay toda una tipología de construcción propia de Pinamar que queda afuera de eso pero, naturalmente, los que son tipo torre. Ahí hay claramente, a criterio del CAAIP, una violación a los deberes de funcionario público por parte de los funcionarios técnico-políticos que no están haciendo cumplir esta ordenanza.

–¿Influye que en otros tiempos se utilizaran arena de la playa y conchilla?
–Sí. Es cierto que lo ideal sería usar arena que no tenga contenido salitroso pero por una cuestión de costos es prácticamente imposible trabajar con arena de río en la zona; sí se lo hace en Buenos Aires. Pero el problema principal está dado más por la falta de mantenimiento cuando aparece alguna grieta pequeña, que son propias de la naturaleza del material, del hormigón armado cuando fragua, y esas grietas que empiezan a permitir la entrada de humedad no son selladas a tiempo, por supuesto que esa humedad, con el contenido salitroso que tiene, avanza hasta corroer los hierros, que, en el caso de los balcones, la particularidad que tiene es que el colapso de la estructura es instantáneo, a diferencia de una losa, que puede apoyar en dos puntos y a partir de allí comenzar a arquearse. En el caso del balcón, como trabaja en voladizo, cuando se corta lo hace al ras de la pared y sin mucho aviso previo. Por lo tanto, la principal tarea la tienen los propietarios y el administrador de un consorcio, en el sentido de hacer cumplir con esa revisión trianual, según la antigüedad. El Municipio tiene que salir a controlar porque, cuando pasa algún tipo desgracia, las consecuencias legales son mucho más gravosas. Recordemos que el poder de policía que tiene el Municipio es indelegable y los funcionarios tendrían que ver la forma de evitarle un dolor de cabeza al intendente.