La Justicia falló finalmente a favor de RE/MAX
Dejó sin efecto la resolución de la Inspección General de Justicia que ordenaba la disolución de firma, tras un reclamo de el Colegio de Corredores Inmobiliarios.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial desestimó la acusación de corredores inmobiliarios y dejó sin efecto el jueves pasado la resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) que había ordenado el inicio de la acción de disolución y liquidación de la empresa RE/MAX Argentina SRL.
El organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos consideró que la resolución de la IGJ fue “arbitraria, infundada y dictada en exceso de sus facultades” al momento de considerar que la empresa “ejercía la actividad de manera ilícita por hacerlo bajo el régimen de franquicia”, tras un reclamo realizado por el Colegio Profesional Inmobiliario de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA).
Tras el dictamen de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, desde RE/MAX Argentina SRL sostuvieron que la decisión de la Justicia probó que la empresa es víctima de hostigamiento y persecución de algunos colegios de corredores y martilleros.
“Nos parece un gran paso para la Justicia argentina, para los emprendedores que eligen formar parte de la red, para los clientes que confían en ellos, y en general para todo aquel que quiera emprender en este país. La resolución revocada de la IGJ no respetaba los derechos y garantías constitucionales del debido proceso legal y el derecho de defensa, era totalmente arbitraria y sus argumentos eran falsos”, indicaron en un comunicado.
En ese sentido, manifestaron que “CUCICBA y algunos otros colegios pretendían lesionar la reputación de los colegas adheridos a la marca RE/MAX, recrudecer las persecuciones en su contra e influir en Concejos Deliberantes y otros organismos con la manifiesta intención de expulsarlos del mercado, presentando la nula resolución de la IGJ como si fuera cosa juzgada”.
Por último, expresaron que conflicto con cierta parte del sector generó “un daño irreparable” a la firma y a las oficinas de gestión independiente que adhieren a la misma, pese a la resolución de la justicia.
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