Edictos judiciales y avisos legales. Los textos se publican tal como fueron presentados.
COMUNICADO – BOSQUEMAR EMPRENDIMIENTOS TURÍSTICOS S.A. – HOTEL TERRAZAS AL MAR Y BALNEARIO TERRAZAS AL MAR
Publicado el 1 de noviembre de 2026
Bosquemar Emprendimientos Turísticos S.A. convoca al personal que presta servicios bajo la modalidad de contrato de trabajo de temporada en el Hotel Terrazas al Mar y en el Balneario Terrazas al Mar, de la localidad de Pinamar, y comunica expresamente, en los términos del artículo 98 de la Ley de Contrato de Trabajo, su voluntad de reiterar la relación laboral en la próxima temporada estival 2026/2027, cuyo inicio se encuentra previsto para el día 1° de diciembre de 2026.
En consecuencia, el personal convocado deberá manifestar en forma expresa su decisión de continuar o no la relación laboral dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la presente convocatoria, conforme lo establecido por el artículo 98 de la Ley de Contrato de Trabajo.
A fin de asegurar la debida constancia de dicha manifestación, se solicita que la decisión sea comunicada en forma fehaciente mediante telegrama laboral gratuito, dirigido a Bosquemar Emprendimientos Turísticos S.A., CUIT 30-67662005-9, Talcahuano 638, piso 4° E CABA.
Sin perjuicio de ello, y de conformidad con lo previsto por el artículo 98 de la Ley de Contrato de Trabajo, quienes opten por manifestar personalmente su decisión podrán hacerlo ante el empleador, dejándose en tal caso constancia escrita y fechada de la presentación.
La falta de manifestación dentro del plazo indicado importará el incumplimiento de la carga prevista en el artículo 98 de la Ley de Contrato de Trabajo, quedando la empresa facultada para efectuar las intimaciones y adoptar las medidas que correspondan de conformidad con la legislación laboral vigente.
El personal guardavidas deberá acreditar, asimismo, el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios vigentes para el ejercicio de la función, incluyendo examen psicofísico APTO y curso anual correspondiente, debiendo presentar copia de la documentación respectiva y de la Libreta de Guardavidas vigente.
CALMA DE FONDO S.A. CUIT: 30-71925883-9 (Nombre de fantasía Mar de Fondo)
Publicado el 30 de octubre de 2026
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 98 de la L.C.T., reformado por el Art. 67 de la ley 24.013,
notificamos al personal temporario que desempeñó funciones en la anterior temporada, la
continuación de la relación laboral para la próxima temporada en los términos del ciclo anterior.
Los trabajadores temporarios deberán manifestar en forma fehaciente su decisión de continuar o
no la relación laboral dentro de los cinco días. En caso de no hacerlo se considerará que la
determinación es de no continuar el vínculo laboral, pudiendo disponer libremente de su plaza
temporaria abandonada. Domicilio legal: Avellano Nº133, Carilo, 20 de Octubre de 2026.
Convocatoria Postamar SRL CUIT: 30-715175067-6
Publicado el 21 de octubre de 2026
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 98 de la L.C.T., reformado por el Art. 67 de la ley 24.013, notificamos al personal temporario que desempeñó funciones en la anterior temporada, la continuación de la relación laboral para la próxima temporada en los términos del ciclo anterior. Los trabajadores temporarios deberán manifestar en forma fehaciente su decisión de continuar o no la relación laboral dentro de los cinco días. En caso de no hacerlo se considerará que la determinación es de no continuar el vínculo laboral, pudiendo disponer libremente de su plaza temporaria abandonada. Domicilio legal: Av. Del mar 99 y Av.Bunge 560, Pinamar Octubre de 2026.
Convocatoria DEHEZA (Estación Shell Pinamar)
Publicado el 21 de octubre de 2026
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 98 de la L.C.T, DEHEZA S.A.I.C.F.E.I con domicilio en AV. INTERMEDANOS Y AV. BUNGE, Localidad de Pinamar, Provincia de Buenos Aires, convoca al personal de temporada que haya prestado tareas en la temporada de verano 2025/2026 a fin de que en un plazo no mayor de 5 (cinco) días hábiles desde el día siguiente de la presente publicación, se presente en el mencionado domicilio o manifieste por escrito su decisión de continuar o no la relación laboral en la próxima temporada de verano 2026/2027 que inicia el 01/12/2026. Vencido dicho plazo sin que se hubiere presentado en el establecimiento y/o hubiere manifestado por escrito la decisión de continuar con la relación laboral, se considerará que ha rescindido unilateralmente el contrato.
Convocatoria Mirta Ester Buffa (Pasta Nostra) CUIT: 27-10398977-4
Publicado el 17 de octubre de 2026
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 98 de la L.C.T., reformado por el Art. 67 de la ley 24.013, notificamos al personal temporario que desempeñó funciones en la anterior temporada, la continuación de la relación laboral para la próxima temporada en los términos del ciclo anterior. Los trabajadores temporarios deberán manifestar en forma fehaciente su decisión de continuar o no la relación laboral dentro de los cinco días. En caso de no hacerlo se considerará que la determinación es de no continuar el vínculo laboral, pudiendo disponer libremente de su plaza temporaria abandonada. Domicilio legal: Espora 562, Valeria del Mar, 17 de Octubre de 2026.
Convocatoria ABANOR S.A (Abasto Norte) CUIT: 30-70780666-0
Publicado el 15 de octubre de 2026
En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 98 de la L.C.T., reformado por el Art. 67 de la ley 24.013, notificamos al personal temporario que desempeñó funciones en la anterior temporada, la continuación de la relación laboral para la próxima temporada en los términos del ciclo anterior. Los trabajadores temporarios deberán manifestar en forma fehaciente su decisión de continuar o no la relación laboral dentro de los cinco días. En caso de no hacerlo se considerará que la determinación es de no continuar el vínculo laboral, pudiendo disponer libremente de su plaza temporaria abandonada. Domicilio legal: Fragata Sarmiento 379, Pinamar, 15 de Octubre de 2026.