Polémica en la playa: algunos concejales impulsan excepciones en el pliego para intereses particulares
Desde 2009 todas las concesiones de playa se rigen por el mismo pliego. El proyecto que trata el Concejo abre una excepción para un solo sector, sin nueva licitación y sin estudio de impacto ambiental. La Asociación de Playa se pregunta por qué y para quién.

La Asociación de Concesionarios de Unidades Turísticas Fiscales de Pinamar presentó el martes y el miércoles dos escritos ante el Honorable Concejo Deliberante para frenar el proyecto de ordenanza que habilitaría la instalación de carpas en unidades del Sector 8.
Los documentos llevan la firma de Marcela Inés Crespo, presidenta de la entidad, y se suman al expediente 4123-0903/2026. Piden que la iniciativa se retire del orden del día o, en subsidio, que se suspenda su tratamiento hasta que los afectados puedan acceder a todos los antecedentes.
El expediente, según el sistema de documentos del propio Concejo, figura abierto y todavía no fue sancionado.
El número que ordena la discusión
El argumento central no es interpretativo. Es una cifra del pliego.
El Anexo I de la Licitación Pública Nº 10/2009 fijó, unidad por unidad, la categoría, la prestación de sombra y el canon base:
Carpas / sombrillas — Canon base
Unidades del Sector 8 (42 a 46) — 0 / 50 — $ 40.000
Unidades integrales de otros sectores — 80/25 a 150/25 — $ 65.000 a $ 160.000
De ahí se desprende el planteo: quienes compitieron por una unidad del Sector 8 lo hicieron por una concesión sin derecho a explotar carpas, y pagaron un canon acorde. Quienes querían carpas fueron a las otras unidades, con mayores exigencias y un canon que llegaba a cuadruplicar aquél.
"Quienes optaron por UTFI pagaron y proyectaron sobre el derecho a explotar carpas; quienes eligieron UTFP compitieron por una unidad con cero carpas", dice el escrito.
La misma regla para todos, hasta ahora
El pliego de 2009 no fue sólo una planilla de precios: formó parte de la reformulación ambiental del frente marítimo. Exigió demoler estructuras, relocalizar unidades retirándolas de la línea de costa, reducir superficies y reconstruir con pautas sustentables. La división entre unidades integrales y unidades de playa fue parte de ese diseño.
Sobre esa base, la Asociación señala una contradicción concreta: el Municipio le negó a concesionarios ampliaciones mínimas —"incluso de un metro cuadrado de deck semicubierto"— invocando el pliego, la superficie y las normas ambientales.
"No puede aplicar ese rigor a una modificación física menor y, al mismo tiempo, habilitar a otros la explotación de carpas, con ocupación e infraestructura asociada, mediante una redefinición verbal del servicio", plantea el escrito.
Y aclara que no reclama que se autoricen infracciones por igualdad: "Exige coherencia. Si el pliego y el ambiente impiden lo menor, la ampliación sustancial requiere con mayor razón procedimiento competitivo, estudios previos y estricta motivación".
El planteo ambiental va en la misma dirección. "Una carpa no equivale ambientalmente a una sombrilla": tiene techo, cerramientos y solero, ocupa más superficie y favorece una permanencia más prolongada. Para la entidad, el proyecto invierte el principio preventivo: primero modifica la ordenanza y crea el régimen, y recién después cada interesado aporta su evaluación individual.
El riesgo de fondo que marcan es el precedente: si se sanciona, el pliego "dejaría de ofrecer previsibilidad y se transformaría en un punto de partida negociable después de adjudicado".
Qué pasó en la comisión
El acta de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del 22 de septiembre, publicada por el propio Concejo, muestra que el proyecto ya había recorrido parte del camino administrativo.
Según ese registro, la nueva presentación fue remitida al Director de Ecología, Carlos Dalto, y al Secretario de Gobierno, Francisco Montes, "quienes vieron viable esta modificación".
En la comisión se sostuvo además que la iniciativa no modifica el pliego: propone una reforma de la Ordenanza Nº 3754/09, y se argumentó que el otorgamiento de sombra ya está contemplado en el artículo 41, incisos j) y h), y en el artículo 38. También se invocó "el crecimiento de la ciudad y las necesidades que esto acarrea".
Un concejal no acompaña
El dato político del acta es otro, y no viene de la oposición al proyecto sino de adentro del cuerpo.
"El concejal Nápoli afirma que no acompañará la firma del proyecto para elevarlo a sesión", dice el registro.
Nápoli no se limitó a no firmar: propuso enviar un proyecto de comunicación para que Asesoría Letrada dictamine si la ordenanza es necesaria, teniendo en cuenta que el inciso j) ya existiría. Es, en lo sustancial, el mismo planteo que hace la Asociación en su impugnación.
El concejal había señalado antes que, con el criterio adoptado, no debería incluirse sólo la zona norte sino también Valeria del Mar, lo que abrió un debate sobre si el crecimiento es comparable en ambos sectores.
En la misma reunión, el concejal Fernando Ávila, que preside la comisión, informó que enviaría copia del proyecto a la presidenta de la Asociación "para que puedan tomar vista, tal y como lo solicitaron".
Primero las solicitudes, después la ordenanza
El segundo eje de la impugnación apunta al orden de los hechos.
El proyecto alcanza únicamente al Sector 8, y su artículo 8º dispone que las solicitudes actualmente en trámite deberán adaptarse al nuevo régimen. Para la Asociación, esa cláusula revela que la iniciativa no nace de una revisión general del Plan de Manejo del Frente Marítimo sino de pedidos concretos ya presentados.
"Primero se presentan solicitudes que no encuentran respaldo suficiente en las condiciones vigentes de las concesiones y, posteriormente, se promueve una ordenanza destinada a crear la habilitación normativa que aquellas peticiones no poseían al momento de ser formuladas", sostiene el texto.
El mismo artículo menciona "autorizaciones precarias" e "instalaciones anteriores", lo que para los presentantes sugiere que podría haber carpas ya instaladas de hecho.
El canon no reemplaza a la licitación
El proyecto prevé cobrar un canon adicional por el nuevo servicio. La Asociación responde que eso no resuelve el problema de fondo: "Ningún informe interno puede determinar qué canon habría ofrecido el mercado, quiénes habrían competido, qué proyecto hubiera resultado mejor ni cuánto habría pagado un tercero".
En una licitación, argumentan, no se compara sólo el dinero: también los proyectos, las inversiones, los antecedentes y las soluciones ambientales.
La playa que se había liberado
El planteo también es ambiental, y recurre a la historia reciente del frente marítimo.
En su reformulación se redujeron carpas y superficies de balnearios para recuperar playa pública. Los concesionarios de las unidades integrales aceptaron esas reducciones e hicieron demoliciones y relocalizaciones bajo el nuevo esquema.
"No es razonable quitar carpas a unas unidades en nombre del espacio público y, años después, reponer capacidad de carpas a través de otras unidades que fueron licitadas con cero", señala la impugnación.
La segunda nota: quiénes se benefician
El miércoles la Asociación amplió la presentación con un pedido de transparencia. Reclama que, antes de votar, se identifique a los titulares registrales, adquirentes, cesionarios, operadores e inversores de las unidades alcanzadas — lo que el escrito llama los "beneficiarios económicos efectivos".
El texto es explícito en un punto: "No se formula en esta instancia imputación personal ni se atribuye conducta ilícita alguna. Precisamente por ello se requiere información oficial, completa y verificable."
Y deja planteada una advertencia antes de la votación: si inmediatamente después de una eventual sanción aparecieran compradores o nuevos operadores que hoy no figuran como titulares y promovieran pedidos de carpas, esa proximidad temporal sería "un indicio objetivo y relevante" para examinar si la ordenanza respondió a una necesidad general o le dio encuadre a intereses concretos y preexistentes.
Dónde está ahora
Los escritos solicitan el rechazo y archivo del proyecto; que se distribuya copia a todos los bloques antes de la deliberación; que se produzca la información sobre beneficiarios; y que el Ejecutivo y la Comisión Mixta de Gestión del Frente Marítimo se abstengan de autorizar carpas hasta completar esos datos.
Ambas presentaciones fueron giradas en copia al intendente, a la Secretaría de Gobierno, a la Asesoría Letrada, a la Dirección de Frente Marítimo y Gestión Ambiental, a Contrataciones y a la Comisión Mixta.
El expediente continúa abierto.
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