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Año XLVI · viernes, 4 de septiembre · Pinamar, Buenos Aires
Política

Ventoso: "El enduro encubre un inmenso negocio de corrupción"

Denuncia penal por el Enduro: acusa a Yeza de votar una ordenanza que benefició a su socio y a Ibarguren de promulgarla pese a la prohibición de mover arena.

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Lucas Ventoso desmiente mitos sobre los precios y promociona el turismo anual
Lucas Ventoso, abogado y ex concejal, autor de la denuncia.
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Lucas Ventoso denunció penalmente al intendente Juan Manuel Ibarguren y al concejal Alejo Yeza por la autorización del Enduro del Invierno 2026 sobre la playa pública. La presentación tramita ante la U.F.I.J. y Delitos de Corrupción N° 4 de Dolores. PIONERO accedió al escrito completo y entrevistó al denunciante. Ventoso es abogado y ex concejal de la UCR.

"Uno creía que era un hecho de ilegalidad. No es un simple hecho de ilegalidad: de fondo, lo que encubre es un inmenso negocio de corrupción entre intereses públicos y privados", dijo Ventoso a PIONERO.

La denuncia reparte las imputaciones. Contra el concejal Yeza pide investigar tres delitos: abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, previstos en los artículos 248 y 249 del Código Penal, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, del artículo 265. Contra el intendente Ibarguren, uno: el artículo 248, por haber promulgado la ordenanza y permitido su ejecución. Aparte, y sin atribuirlo todavía a una persona determinada, pide investigar si las excavaciones y los movimientos de arena configuraron un daño agravado sobre bienes del dominio público, del artículo 184, inciso 5.

Todo esto son imputaciones a investigar: ninguna fue probada y los denunciados no fueron citados todavía.

Socio, no amigo

El eje del escrito es un vínculo comercial. Según la denuncia, el concejal Yeza y Rodrigo Ezequiel Allue "integrarían la sociedad denominada GRUPO TR2 PINAMAR S.R.L.", con contrato social del 21 de abril de 2022 y objeto en construcción, compraventa y alquiler de inmuebles e importación.

"Todos sabíamos que eran amigos, entre los funcionarios y los empresarios. Pero ser amigo no es un obstáculo para hacer un negocio entre el Estado y un privado", dijo Ventoso. "El concejal Yeza no es que es solo amigo: es socio comercial, y la ley lo obliga a excusarse."

" El edicto de constitución de Grupo TR2 Pinamar S.R.L., publicado en el Boletín Oficial, nombra a Rodrigo Ezequiel Allue y a AlejoYeza entre los socios, con escritura pública del 21 de abril de 2022. La constancia de inscripción de ARCA, consultada el 2 de septiembre, muestra a la sociedad activa ".

Allue no es un tercero en el expediente. La ordenanza 7342/26, sancionada el 14 de agosto, dice en sus considerandos que la autorización se otorgó a pedido "del Sr. Rodrigo Ezequiel Allue, en representación de la firma EDV Entertainment S.A.", la empresa organizadora del evento.

"Nunca se excusó"

Para la denuncia, esa sociedad obligaba a Yeza a comunicar la situación al Concejo y abstenerse de votar, conforme la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ordenanza General 267/80. No lo hizo: votó a favor.

"Tiene una doble obligación legal. Primero, denunciar la incompatibilidad al cuerpo legislativo antes de tratarlo. Es lo que hacía Camila Merlo cuando yo era concejal: se excusaba porque decía 'soy abogada de esta persona, es mi cliente'. No porque fuera buena, porque es una obligación legal", comparó Ventoso. "Alejo Yeza nunca se excusó. No solo no se excusó: patrocinó el evento para convencer a los demás, y después votó a favor."

Sin su voto no había dos tercios

La ordenanza necesitaba una mayoría especial de dos tercios. Con catorce concejales, eso son diez votos afirmativos. La ordenanza obtuvo exactamente diez, y uno de ellos fue el de Yeza.

La denuncia se apoya en esa aritmética: su intervención no fue "meramente accesoria o inocua, sino determinante para la sanción de la norma, toda vez que, de haberse abstenido por su vínculo societario con Rodrigo Ezequiel Allue, la ordenanza no habría alcanzado la mayoría agravada requerida para su aprobación".

"Sin el voto de Alejo Yeza, este evento no se podía hacer gratis", resumió Ventoso en la misma entrevista.

La playa, gratis

El circuito tuvo unos 3.400 metros de largo por todo el ancho de la playa, unos 60 metros promedio, entre los balnearios El Pájaro y Rada Beach. La denuncia calcula que eso equivale a cerca del 30% de las playas públicas de la localidad de Pinamar.

Toda esa superficie se cedió sin cargo. El artículo 3 de la ordenanza 7342/26 eximió a la organización del pago de tasas y cánones por ocupación del espacio público y de los derechos por publicidad y propaganda comercial dentro del predio.

"El evento donde la mayor recaudación es en publicidad y propaganda, se la dieron gratis. El Estado no recibió un centavo. Y después tenemos un hospital público sin insumos porque no hay plata", dijo Ventoso. Según su estimación, el evento debió pagar "centenares de millones de pesos" en tasas de ocupación del espacio público y de publicidad. Ese monto es un cálculo del denunciante; el municipio no informó cuánto habría correspondido cobrar.

Las ordenanzas que prohíben mover la arena

Para armar el circuito se usaron topadoras y retroexcavadoras, con excavaciones, movimientos de arena, taludes laterales y rampas de unos tres metros de altura. La denuncia sostiene que esas intervenciones están prohibidas por las ordenanzas 4798/2016 y 4442/2014, que vedan toda alteración, remoción o modificación de la altimetría del pie de médano y de la playa distal, y el traslado de arena.

"No hay discusión acá de si Enduro sí o Enduro no. En la playa no se puede hacer, está prohibido por ordenanza. Hay que hacerlo en otra parte. De hecho, siempre se hizo en otra parte", dijo Ventoso.

Esas normas admiten excepciones acotadas: trabajos autorizados por la Dirección del Frente Marítimo para conservar el pie de duna, tareas de refulado de los enquinchados y la nivelación para colocar carpas. La autorización del Enduro no derogó ninguna de las dos ordenanzas, que siguen vigentes.

A eso la denuncia suma la ausencia de Declaración de Impacto Ambiental aprobada, que exigen los artículos 10, 11 y 12 de la ley provincial 11.723 para obras susceptibles de producir efectos relevantes sobre el ambiente. El escrito recuerda que en materia ambiental rigen los principios de prevención y precautorio: "la administración no puede autorizar primero y evaluar después".

El rol del intendente

Contra Ibarguren la imputación es distinta. El 18 de agosto se presentó ante el municipio una denuncia administrativa que detallaba las ordenanzas infringidas y acompañaba fotografías de las intervenciones. Según el escrito penal, el intendente no adoptó medidas para frenar los trabajos ni vetó la ordenanza: la promulgó.

"Cuando empiezan a hacer este movimiento de arena, yo hago la denuncia administrativa para que el intendente frene todo esto. El intendente no lo frena, promulga la ordenanza. Y cuando promulga la ordenanza, el evento se termina haciendo, y se lo dan gratis", relató Ventoso.

Ese es el punto que la denuncia considera decisivo. Aun si al principio pudiera alegarse desconocimiento, la presentación administrativa lo puso "en conocimiento concreto" de las normas vigentes y de las excavaciones. Seguir adelante después de eso, sostiene, "constituye un indicio grave que indica que existió conocimiento y voluntad de apartarse del marco legal aplicable".

Cuánto movió el evento

La denuncia pide investigar el volumen económico. Cada inscripción por corredor costaba entre 250 y 320 dólares. La entrada a la tribuna general, 50.000 pesos; la preferencial, 120.000; los boxes VIP, 300.000. Pero la mayor recaudación, sostiene, vino de la publicidad, con marcas internacionales entre los auspiciantes. La estimación preliminar del escrito ronda los 500.000 dólares.

También pide investigar si se usaron canales oficiales del municipio para promover comercialmente el evento y a sus auspiciantes.

La zona roja

El escrito adjunta el informe del estado de los ambientes costeros del Ministerio de Ambiente bonaerense, donde las playas de Pinamar aparecen señaladas en rojo, entre las de mayor peligro crítico erosivo de la provincia. Es el mismo diagnóstico oficial que días atrás describió a PIONERO el ex director del Observatorio Ambiental Costero de Pinamar.

Lo que le pide al Concejo

Ventoso sostiene que la causa penal no reemplaza la responsabilidad política. "Si hay un concejal de buena fe entre los catorce, tiene que pedir una comisión investigadora. Es lo que le obliga la ley. Y ahí se sabe quién es cómplice y quién no", dijo. Anticipó que llevará las pruebas al Concejo: "Alejo Yeza va a tener que explicar por qué no se excusó cuando debió excusarse y por qué votó lo que no podía votar".

En la misma entrevista afirmó que los miles de comentarios en redes sociales que la organización presentó como contraprestación para el municipio fueron en su mayoría perfiles falsos. Es una afirmación del denunciante: PIONERO no tuvo acceso a elementos que la acrediten.

Qué pide a la Justicia

Entre las medidas urgentes, la denuncia solicita que se impidan nuevas remociones o traslados de arena hasta que se haga la constatación técnica; que el municipio y el Concejo Deliberante preserven y remitan todos los expedientes, dictámenes, actas de comisión, versiones taquigráficas y registros de sesión vinculados con la ordenanza 7342/26; y una inspección ocular urgente del sector de playa intervenido, con registro fotográfico, fílmico y georreferenciado.

PIONERO se comunicó con el concejal Alejo Yeza y con el intendente Juan Manuel Ibarguren para conocer su versión. Este espacio queda abierto a su respuesta.

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