Exigirán un certificado de libre deuda alimentaria para hacer tramites
La iniciativa surgió como respuesta a “una alta morosidad de padres que no cumplen con las obligaciones alimentarias para con sus hijos.

El Concejo Deliberante aprobó en su última sesión ordinaria un proyecto que obliga a la obtención de un certificado de libre deuda alimentaria para realizar trámites municipales. La ordenanza insta a consultar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos provincial para realizar dichos trámites.
La iniciativa obtuvo la aprobación unánime de los concejales del recinto, salvo la del edil del Frete de Todos Miguel Miranda -autor del proyecto-, ya que su banca se encuentra momentáneamente suspendida por una decisión judicial.
Dado a que se observa “una alta morosidad de padres que no cumplen con las obligaciones alimentarias para con sus hijos”, la propuesta responde a la necesidad de “arbitrar desde todos los niveles estatales acciones, mecanismos y normas a los efectos de impulsar la plena satisfacción de los derechos alimentarios de niñas, niños y adolescentes”.
La norma insta a la obtención de un Certificado de Libre Deuda Alimentaria -sujeto al Registro de Deudores Alimentarios vigente en la provincia- para poder realizar los trámites administrativos de otorgamiento de concesiones, licitaciones, permisos, habilitaciones comerciales y/o industriales.
También se pedirá este certificado para solicitar permisos de espectáculos; de concesiones para la explotación comercial o la prestación de servicios; para las transferencias de fondos de comercio; permisos o autorización de rifas. Además, también será necesario para la tramitación de licencias de conducir, a fin de regularizar su situación dentro de dicho plazo para obtener la licencia definitiva
Tampoco deberán figurar en el registro de deudores alimentarios quienes resulten beneficiados con el otorgamiento o adjudicación de viviendas de planes sociales construidas por el municipio o la cesión de los derechos emanados de las mismas.
Según la norma, el certificado de libre deuda alimentaria se requerirá tanto para trámites iniciado por personas humanas como para los que inicien personas jurídicas, en cuyo caso, se solicitará a nombre de los socios gerentes o de los directores para el caso de sociedades anónimas.
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